Requisitos básicos de seguridad para barandillas de escaleras
Más allá del aspecto estético de las barandillas de escalera y que aportan un valor decorativo esencial al ambiente en el que ubican, éstas cuentan con un aspecto funcional como elemento de seguridad y protección.
En este sentido, las barandillas de escalera deben cumplir ciertos requisitos que se ajusten normas y medidas de prevención para ser realmente eficientes: como barrera de contención, ante posibles caídas, y como punto de apoyo para las personas que suben o bajan los escalones de las mismas.
Por ello, han de cumplir una serie de medidas de seguridad que señalamos a continuación.
Altura mínima. Es seguramente el elemento más esencial. Todos los expertos señalan los 90 centímetros como la altura mínima de una escalera. Una medida estándar a la que pueden alcanzar los niños para agarrarse y también ideal para una altura media de un adulto. En cuanto a la altura de los peldaños, se recomienda esté entre 17 y 21 centímetros mientras la huella sea de entre 21 y 27 cm.
No ser fácilmente escalables. Tan importante o más que la altura para la protección de los niños es evitar que la escalera sea escalable.
No tener aberturas que puedan ser atravesadas por esferas de más de 10 centímetros de diámetro (15 cms en el caso de las escaleras de edificios públicos) para evitar que los niños metan la cabeza, a excepción de las aberturas triangulares que forman la huella y la contrahuella de los peldaños con el límite inferior de la barandilla, y siempre y cuando siempre la distancia entre dicho límite y la línea de inclinación de la escalera no exceda de 5 centímetros.
Estos requisitos son obligatorios independientemente del material con el que esté elaborada la escalera y con el objetivo de prevenir accidentes y garantizar la seguridad de aquellos que suben o bajan por ella.